Bankia: chuches envenenadas
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Creado: Jueves, 13 Abril 2017 19:01
El anuncio de interposición de una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Banco de España por parte un numeroso grupo de ex–accionistas de Bankia, que vendieron con ocasión del colapso de la Entidad, resulta una consecuencia jurídica lógica de su ya judicializado proceso de salida a Bolsa y supone un nuevo frente, esta vez en el orden administrativo, en la atribución de responsabilidades por el caso Bankia. Coincide el anuncio de los accionistas con las recientes comparecencias parlamentarias, tanto del anterior y del actual Gobernador como de los principales responsables de las Entidades afectadas por las reestructuraciones, sobre todo de Rodrigo Rato. Una cosa y otra ponen en el centro del debate público el papel de nuestro regulador bancario en un momento en el que la fiabilidad de todo el sistema financiero español aparece seriamente cuestionada, no ya por los mercados, sino por el común de la ciudadanía.
Si construimos un castillo sin cloaca, todo el castillo se convertirá en cloaca; el resultado será el mismo si la cloaca se atasca. Ya disculparán un vocabulario como éste, pero las sutilezas jurídicas que voy a emplear a continuación requieren una explicación más llana que las haga inteligibles. Pese a su estatuto legal de regulador independiente, el Banco de España es un jugador, un agente, si bien peculiar, del sistema bancario. Hay información suficiente para pensar que el Banco de España no sólo cometió errores de supervisión, sino que trazó una estrategia general de saneamiento de las Entidades financieras equivocada lo cual, como es obvio, se suele comprobar después, y eso es exactamente lo que vemos ahora, embarcados como estamos en un rescate bancario como la copa de un pino. ¿Recuerdan? Fusiones frías, bancos malillos, test de estrés sobradamente superados, y tal. Es imposible que una operación de conjunto como ésta se haya llevado a cabo de manera concertada por las Entidades financieras, no ya sin el conocimiento o sin el consentimiento del Banco de España, sino sin la directa y detallada definición del curso de acción por su parte, además de con el oportuno respaldo legislativo; de hecho, se modificaron de una tacada más de una docena de leyes para dar cobertura a semejante faena de aliño. Y lo mismo se puede decir del FROB que, por si no lo saben, está bajo la supervisión del Banco de España.
La conversión de las Cajas en Bancos y las operaciones de concentración en esta camada del redil financiero han demostrado ser una de las torpezas más claras y más caras de la historia de nuestro regulador bancario. Zombis que se unen a otros zombis para formar zombis gigantes y que, para colmo del esperpento, salen a Bolsa. El caso de Bankia es absolutamente clamoroso. Podemos aceptar que la valoración que sirvió de soporte a su cotización de salida se alejara algo de su valor real y razonable, pues ya se sabe que la auditoría no es una ciencia exacta; pero que, en tan sólo ocho meses, se descubra que el Banco de España le hizo la ola mejicana a la colocación bursátil de una Entidad financiera en quiebra constituye, cuando menos, una hecho insólito, que ha causado un daño patrimonial (distinto del propio de un mercado bursátil a la baja) a más de 350.000 inversores. Los efectos de poner en el mercado bursátil las acciones de un Banco que, en realidad, eran chuches envenenadas, son demoledores para la confianza en las instituciones. Si algún sentido tiene, en términos regulatorios, la actuación del supervisor para la salida a Bolsa de una Entidad financiera es, justamente, nivelar las asimetrías informativas entre el vendedor y los potenciales compradores, ya que aquél conoce más y mejor que éstos lo que se va a vender. Con Bankia, el Banco de España ha cometido un auténtico estropicio; no estamos ante simples efectos colaterales, ante la inevitable cascadura de huevos para una tortilla. No en un Estado de Derecho.
Si ya resulta difícil explicar a la gente el rescate de Bancos con dinero público, el argumento de los huevos y de la tortilla convierte semejante tarea en un imposible. Tal vez se argumente que la aplicación de dinero público para esos fines resulta eficiente ya que, al evitar la caída de Entidades financieras, se contiene un torbellino de pánico que se llevaría por delante toda la economía del país. Hasta aquí vale, pero el dinero público que se emplee para los rescates saldrá de los impuestos que los españoles pagamos con arreglo a los principios constitucionales de capacidad contributiva y de igualdad en el sostenimiento de las cargas públicas. Y, a partir de aquí, el razonamiento deja de tener validez, porque a los accionistas de Bankia se les ha endiñado un impuesto nuevo, bajo la forma de compra de unas acciones tóxicas con lacito y etiqueta del Banco de España. ¿Cómo se reacciona en Derecho frente a semejante tropelía? El mecanismo es tan viejo como este arte de lo bueno y de lo justo: la responsabilidad patrimonial. A mi juicio, concurren ahora todos los presupuestos legales de tal responsabilidad: efectividad de un daño evaluable económicamente, ruptura de la solidaridad impositiva, antijuridicidad y relación de causalidad con la misión supervisora del Banco de España. Esto es lo que ha pasado cuando los accionistas de Bankia decidieron vender para no incurrir en más pérdidas y algo análogo sucederá cuando se lleve a cabo la inminente operación de reestructuración de la Entidad.
Estoy convencido de los buenos fundamentos de la reclamación de responsabilidad contra el Banco de España y de la posibilidad de alcanzar una indemnización por parte de aquellos que acudieron a la salida a Bolsa, y resultaron perjudicados al vender sus acciones tras la nacionalización de Bankia. Junto con el correcto funcionamiento de este resorte jurídico fundamental, aparece una cuestión esencial y en la que debo insistir: la necesidad de que el Banco de España, como agente del sistema financiero, incorpore un elemento esencial para la toma de decisiones correctas: el coste de oportunidad. Si consentimos que nuestro regulador bancario tenga una cierta sensación de impunidad en relación con los daños provocados por sus actuaciones, conviene saber que alimentamos una criatura irresponsable y, si esto es así, el último en salir de este país que apague la luz y cierre la puerta. Antes de resignarnos a eso, planteo la posibilidad de que, al menos por una primera vez, se exija responsabilidad a nuestro regulador bancario. Esto sí que redundaría en beneficio de todos, no sólo de los sufridos accionistas de Bankia.
Alberto Ruiz Ojeda
Profesor Titular de Derecho Administrativo
Socio de Cremades & Calvo-Sotelo, Abogados
Los afectados por las preferentes de Novacaixagalicia preparan acciones judiciales conjuntas
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Creado: Jueves, 13 Abril 2017 19:01
Un grupo de afectados por participaciones preferentes de Novacaixagalicia han encargado al despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo el asesoramiento y defensa de sus intereses contra la referida entidad financiera.
Fuentes del citado bufete afirman que se hallan trabajando en el asesoramiento colectivo de los perjudicados por este producto financiero. Su objetivo es reparar el perjuicio ocasionado a cientos de ciudadanos afectados por esta inversión, para lo cual se ejercitaran cuantas acciones judiciales sean pertinentes frente a Novacaixagalicia.
Tras la reciente sentencia de un juzgado de Cambados que declara nulo un contrato de este producto, han sido muchas las personas que han contactado con este despacho de abogados. Fuentes del despacho explican que, dado que la entidad financiera no acaba de ofrecer una solución a sus clientes, el número de personas que contacta para informarse sobre la posibilidad de entablar acciones judiciales, aumenta día a día. En este mismo sentido, a muchos clientes les ha sorprendido que Novagalicia rechazara sumarse a dos actos de conciliación celebrados hace dos días en el Juzgado de Cangas (Pontevedra) por 37 afectados por las participaciones preferentes.
Los ex-accionistas de Bankia reclamarán al Banco de España por los perjuicios sufridos en la salida a Bolsa
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Creado: Jueves, 13 Abril 2017 19:00
Un grupo de más de 100 pequeños inversores, que vendieron su acciones de Bankia tras el desplome de su cotización asumiendo importantes pérdidas, ha anunciado su decisión de interponer una reclamación contra el Banco de España. Este grupo de ex-accionistas, representados por el despacho Cremades & Calvo-Sotelo, alegan que el Banco de España tiene una responsabilidad patrimonial por el deficiente desempeño de sus funciones de supervisión y autorización de la salida a Bolsa de Bankia. Estos inversores entienden que han sufrido el daño económico concreto en el momento de vender sus acciones y están legitimados para reclamar en vía administrativa.
En este sentido, Juan Fraterno, ex-accionista perjudicado, explicó que esta reclamación ha sido refrendada por la comparecencia en el Congreso del propio Gobernador del Banco de España actual, Linde, quien reconoció que el Banco «actuó con poca decisión o de modo insuficiente o inadecuado» y también por las declaraciones del anterior Gobernador, Fernández Ordóñez, quien admitió "errores de supervisión" en la reestructuración bancaria, durante su comparecencia en la misma comisión parlamentaria.
Los ex-accionistas forman parte del creciente colectivo de minoritarios de Bankia que se están sumando a las acciones impulsadas por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) para trata de recuperar su dinero o de obtener una compensación económica. A través del correo electrónicoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., la Agrupación de Accionistas de Bankia creada en el seno de Aemec ha reunido a mas de 3.000 accionistas interesados en obtener una indemnización por vía judicial por su fallida inversión en Bankia.
Este colectivo de AEMEC fue el que mayor numero de delegaciones de voto representó en la pasada Junta General de Accionistas de BANKIA donde mostró su disconformidad con todas las irregularidades cometidas por la Entidad en el proceso de salida a Bolsa, que han supuesto un gravísimo daño patrimonial a los accionistas. En consecuencia anunciaron su intención de entablar las acciones legales oportunas para tratar de conseguir una indemnización económica.
El citado grupo de accionistas encargo al comienzo de la crisis un Dictamen a Cremades&Calvo-Sotelo que entre otros argumentos sostiene los siguientes:
- La exigencia de la responsabilidad patrimonial del Banco de España depende de la correcta configuración de los presupuestos que definen la institución en el Derecho Administrativo, concretamente la efectividad del daño.
- Dicha efectividad solo se produciría cuando concurra un evento que, de manera clara e inequívoca, provoque una pérdida patrimonial en los accionistas y que, además, sea evaluable económicamente con arreglo a técnicas de valoración admitidas en el ámbito en el que nos movemos y que puedan quedar soportadas por el oportuno aparato probatorio.
- Además, tal evento debe guardar relación directa con las funciones de supervisión y regulación legalmente atribuidas al Banco de España y ejercidas en el caso de la salida a Bolsa.
- Los accionistas que hayan vendido sus acciones habrán visto ya materializada la pérdida patrimonial y, por tanto, se encontrarían en condiciones de ejercer la reclamación.
AEMEC considera "una mala noticia" para los accionistas la cancelación por Telefónica del dividendo para 2012
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Creado: Jueves, 13 Abril 2017 19:00
La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) ha considerado "una mala noticia" la decisión de Telefónica de cancelar su dividendo para 2012, ya que los dos requisitos que le piden los minoritarios a una empresa "al invertir sus ahorros es que reparta dividendos y que el valor de la acción vaya creciendo".
Así, la asociación subraya que ninguna de estas dos premisas "se están cumpliendo ahora en Telefónica", tras la cancelación del pago a sus accionistas para este año y a la vista de la evolución del valor en Bolsa de la compañía.
Sin embargo, AEMEC valora las medidas de austeridad en los sueldos de los directivos, aunque recuerda que "su principal misión" es gestionar la compañía en beneficio de sus auténticos propietarios, que son los accionistas.
La última palabra, para el accionista
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Creado: Jueves, 13 Abril 2017 18:59
Hace poco más de un año se introdujo en la Ley del Mercado de Valores un nuevo artículo (61 ter) que exige a las compañías cotizadas la elaboración de un informe anual de remuneraciones de los consejeros que éstos han de someter, de manera consultiva, a la Junta General. Suponía en ese momento sin duda un avance respecto de la recomendación en este mismo sentido que incluía el Código Unificado de Buen Gobierno (recomendación 40) y que, por cierto, era la menos seguida por las compañías cotizadas españolas de todas las que dicho código establece. Hace poco más de un año se introdujo en la Ley del Mercado de Valores un nuevo artículo (61 ter) que exige a las compañías cotizadas la elaboración de un informe anual de remuneraciones de los consejeros que éstos han de someter, de manera consultiva, a la Junta General. Suponía en ese momento sin duda un avance respecto de la recomendación en este mismo sentido que incluía el Código Unificado de Buen Gobierno (recomendación 40) y que, por cierto, era la menos seguida por las compañías cotizadas españolas de todas las que dicho código establece.
Aún así, parece claro que tras los estudios que revelan que España es el país donde las empresas cotizadas remuneran de forma más abultada a sus gestores, el carácter meramente consultivo resulta ya del todo insuficiente. Más aún tras los datos extraídos del Informe de Gobierno Corporativo respecto del ejercicio 2011 publicado por la CNMV el pasado miércoles y que revelan que los consejos de administración de las empresas cotizadas que forman parte del Ibex 35 ganaron de media el 5% más en 2011, "pese a la caída generalizada de los resultados" (el estudio de la firma independiente Alpha Value sobre 460 empresas europeas es todavía más demoledor ya que estima el crecimiento de los salarios de los consejeros ejecutivos en España en un 28% del ejercicio 2009 al 2010).
Hay por tanto que ir más allá. Se hace imperativo seguir la línea ya marcada por el Reino Unido; esto es: que dicho voto por parte de los accionistas vincule de manera efectiva a la sociedad y que, por tanto, en caso de resultar mayoritariamente negativo, el consejo de administración se vea obligado a rebajar sus remuneraciones. Parece claro que los dueños de la compañía, que nos son otros que los accionistas, puedan, si no decidir directamente los sueldos de los gestores, si censurarlos cuando los consideran desproporcionados o excesivos. Lo sucedido en Reino Unido debería ser buen ejemplo para el resto de países europeos, empezando por el nuestro. Tras recientes escándalos en varias empresas en donde se apreciaba la absoluta disparidad entre retribuciones de sus consejeros y la trayectoria de la acción en bolsa, el Ministro de Negocios e Innovación de Reino Unido anunció el pasado 20 de junio que las compañías que cotizan en bolsa deberán someter sus políticas retributivas al voto vinculante de sus accionistas cada tres años. La medida es cierto que deberá concretarse y no será fácil de articular técnicamente pero sin duda marca el camino a seguir; quizá incluso habría que reducir los plazos de dicha votación para otorgarle un carácter anual.
En nuestro país se produce el mismo hecho desconcertante que ocurre en Reino Unido solo que con un carácter más general, aún si cabe, y que, sin duda, frustra a los accionistas minoritarios. Me refiero, como ya he indicado, a la falta de sintonía entre la evolución de la acción de las compañías del IBEX y el salario que se otorga el Consejo de Administración de éstas. Ciertamente, en muchos casos no corren parejos los altísimos salarios de los altos ejecutivos con la evolución de la acción en Bolsa. ¿Cómo se podría corregir esta situación? En un primer lugar estableciendo la mencionada posibilidad de que la Junta General censure las retribuciones inadecuadas. En segundo, corriendo el que quizá es motivo último que no permite una alineación de intereses entre gestores y accionistas: los variables anuales.
Además de lo excesivo en muchos casos de los salarios fijos, en mi opinión la raíz del problema es que normalmente la remuneración variable está vinculada a objetivos a corto plazo. Esto suele tener unos efectos perversos ya que los gestores pueden (y suelen) realizar operaciones que no sean beneficiosas a medio y largo plazo para la sociedad con el único objetivo de cobrar su variable anual. Este ha sido fijado por la consecución de unos resultados que poco o nada incidirán en elevar la cotización, más aún lo contrario, y a pesar de que posibiliten el reparto de unos dividendos con los que se pretende enjugar la pérdida patrimonial (aunque no materializada hasta la venta de la acción) que supone la bajada de la acción para los accionistas. Se deberían por tanto establecer objetivos a medio y largo plazo y que solo se cobrase el variable por el cumplimiento de los mismos. De esta forma se alinearían los intereses de los accionistas con los de los consejeros. El cumplimiento de dichos objetivos conseguiría seguramente maximizar el valor de la acción haciendo desaparecer la tremenda brecha que existe hasta ahora entre altas remuneraciones y cotización al alza.
Ignacio Aragón Alonso
Abogado. Cremades & Calvo-Sotelo. AEMEC