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Casi 600 accionistas, “víctimas injustas” de Bankia, reclaman por primera vez la responsabilidad patrimonial del Banco de España

Los afectados consideran que la fusión de Bankia y su rápida salida a cotización se realizó sin las garantías de control e información exigibles a los tres órganos supervisores, que, en lugar de cumplir su función, generaron “una apariencia de credibilidad, de solvencia” de la entidad ante los clientes habituales, la gran mayoría depositantes y cuentacorrentistas, que no se ajustaba a la realidad.

Es decir, que “todo el entero proceso de reestructuración e intervención de Bankia demuestra un comportamiento de los supervisores financieros frontalmente contrario a los estándares de regulación prudencial que, desde hace tiempo, rigen la actuación de estas instancias a nivel internacional”.

En el documentado y fundamentado escrito presentado por el despacho Cremades & Calvo Sotelo se destaca el “especial cuidado en el ejercicio de sus competencias” que deberían haber tenido los supervisores financieros al tratarse de un caso en el que las “asimetrías informativas” entre el vendedor, Bankia, y los compradores, muchos de ellos pequeños ahorradores, eran más que notables.

Esta falta de información por una de las partes lleva a alegar a los reclamantes que la regla general de que la responsabilidad de una compra recae en el comprador no puede aplicarse en este caso.

El resultado fue que muchos de los clientes de la entidad, la mayoría “público inversor minorista y poco cualificado”, las “víctimas más indefensas y, por tanto, más fáciles”, entraran sin una información solvente a la compra de acciones que hoy se han convertido en papel mojado.

La reclamación detalla que, en “caso de que no sea posible determinar el grado de participación de cada una” de las tres Administraciones públicas “en la causación del daño”, se reclamará “la responsabilidad solidaria de todas ellas frente a los perjudicados”.

En el escrito presentado ayer se solicita la comparecencia de, entre otros, Rodrigo Rato, ex presidente de BFA y Bankia; Miguel Ángel Fernández Ordóñez, ex gobernador del BdeE; Julio Segura Sánchez, ex presidente de la CNMV, y Javier Aríztegui, ex subgobernador del BdeE y presidente del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

Los minoritarios de AEMEC en PESCANOVA reclaman una Junta General Extraordinaria

Un grupo de accionistas minoritarios agrupados por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) se han dirigido por escrito al Presidente de PESCANOVA reclamando la convocatoria de una Junta General Extraordinaria “en la que se informe sobre la situación de la compañía y sobre los planes del consejo de administración para la superación de la gravísima situación actual”.

Los minoritarios advierten en su misiva que “actualmente se está privando a los socios de la compañía del ejercicio de su derecho de información respecto de la difícil situación por la que ésta atraviesa y de las perspectivas de solución que, en su caso, se estuvieran estudiando”.

Así mismo, denuncian que “el derecho de información del accionista está siendo conculcado al no permitir la compañía su ejercicio en su ámbito natural, esto es, en una junta general extraordinaria que se convocase a estos efectos”.

En el mismo sentido se han dirigido a los miembros del Consejo de Administración para que “realicen las actuaciones oportunas para celebrar un Consejo de Administración que pueda convocar una junta general extraordinaria”, recordándoles que “según el artículo 13.1 del Reglamento del Consejo de Administración, el Presidente tendrá la obligación de convocar el Consejo cuando así lo requieran al menos tres Consejeros”.

Los minoritarios de AEMEC en Pescanova solicitan una reunión urgente con la presidenta de la CNMV Un grupo de accionistas minoritarios de PESCANOVA agrupados por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) han solicitado a la presidenta de la CNMV una reunión urgente “alertados por la sucesión de gravísimos acontecimientos que están aconteciendo en dicha compañía y que han perjudicado gravemente la inversión que nuestros representados tienen en la misma”.

El objetivo de la reunión, según AEMEC, es “recabar información oficial, más allá de lo conocido a través de la prensa, de las medidas que la CNMV piensa adoptar, tanto en lo que respecta a la supervisión de la compañía, como respecto de las posibles actuaciones que emprenda la Comisión ante las infracciones de la normativa de mercado de valores que se han cometido”.

Asimismo, los minoritarios solicitan conocer “la posición de la CNMV ante su previsible designación en la administración concursal de la compañía”.

Al objeto de aglutinar al mayor número posible de accionistas minoritarios, que permita en su caso ejercer directamente derechos de minoría en la sociedad, así como participar en las votaciones que se produzcan con el mayor porcentaje accionarial posible, se habilitará una dirección de correo electrónico para que quien lo estime oportuno sume sus acciones a las iniciativas que se desarrollarán desde AEMECEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asimismo, a través de asociaciones de accionistas extranjeras, integradas en Euroshareholders, se está intentando contactar con accionistas minoritarios internacionales tanto minoristas como institucionales para que se sumen a esta actuación conjunta.

Los Accionistas Minoritarios de Bankia se personan en el procedimiento penal seguido con ocasión de su salida a Bolsa

El Juzgado Central de Instrucción núm. 4 de la Audiencia Nacional, en virtud del Auto de fecha 1 de abril de 2013, ha admitido la personación de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) en el procedimiento penal que se sigue con ocasión de la salida de Bankia a Bolsa (procedimiento Diligencias Previas 59/2012).

La personación se hace en nombre y representación de más de 280 accionistas afectados que AEMEC ha reunido en la Agrupación de Accionistas e Inversores de Bankia.

En los próximos días AEMEC procederá a la solicitud de personación de nuevos grupos de accionistas afectados adheridos a la Agrupación.

AEMEC ya acudió a la Junta de Accionistas de Bankia celebrada en junio de 2012, donde intervino en defensa de todos los inversores perjudicados por las irregularidades acontecidas en la salida a Bolsa de Bankia, y tuvo ocasión de mantener una reunión informativa con accionistas sobre las acciones legales que AEMEC tenía previsto iniciar para reclamar la inversión realizada basada en una información falsa sobre la compañía contenida en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción de las acciones.

AEMEC ha acogido con satisfacción la noticia de su personación, pero anuncia que ha recurrido el alcance de la misma ya que, de momento, el Juez sólo otorgará la condición de perjudicado, y por tanto, sólo permitirá su personación, a aquellos accionistas que puedan acreditar haber adquirido las acciones de Bankia el 20 de julio de 2011, o antes de esa fecha. Es decir, en principio, solo se les va a considerar parte del proceso penal a aquéllos que adquirieron sus acciones en el momento de la salida a Bolsa, ya que el 20 de julio fue la fecha en que las acciones de Bankia comenzaron a cotizar.

AEMEC presentó el pasado viernes, día 5 de abril, un recurso de reforma y subsidiario de apelación, solicitando la ampliación de la personación a otros inversores, teniendo en cuenta que el anuncio de la nacionalización del banco a través de la entrada en su capital del Frob fue   a principios de mayo de 2012. Por tanto, AEMEC recurre en el sentido de que se consideren también perjudicados y se permita su personación a aquellos accionistas que adquirieron acciones en el periodo comprendido entre el 20 de julio de 2011 (primer día de cotización) y principios de mayo de 2012 (cuando se tiene conocimiento del anuncio de la nacionalización del banco).

Los minoritarios españoles se unen a la Declaración de Bruselas para restaurar la confianza de los inversores en los mercados y servicios financieros

Se trata de la primera Asamblea tras la fusión, el 1 de Enero de 2013, de Euroshareholders y EuroFinUse, las dos organizaciones europeas dedicadas a la representación de accionistas individuales, inversores, ahorradores y otros usuarios de servicios financieros. Está compuesta por más de cincuenta miembros directos e indirectos en más de treinta países diferentes. A su vez, las organizaciones miembros cuentan con más de cuatro millones de socios.

El nacimiento de esta nueva fuerza se produce en un momento en el que Europa continua sufriendo una tumultuosa década de estallidos de burbujas, una crisis financiera global y una marcada merma de la confianza de los ciudadanos en las instituciones; y en la que los usuarios de servicios financieros han sido de los más gravemente perjudicados.

En esta situación de crisis severa, el principal objetivo de EuroFinUse es el de restaurar la confianza de los usuarios de servicios financieros en los mercados y servicios financieros. Con este fin, aprobó una Declaración con cinco objetivos prioritarios (cfr. Anexo):

  • Mejor protección de los usuarios de servicios financieros.
  • Más transparencia, liquidez, integridad y eficiencia de los mercados financieros.
  • Mejora del gobierno corporativo y compromiso a largo plazo del accionariado.
  • Préstamo más responsable y competitivo.
  • Mejor gobernanza y efectividad de la supervisión financiera.

AEMEC destacó “la necesidad de promover la tenencia directa de productos financieros y la involucración de los accionistas individuales en la gestión de las empresas y, especialmente, a través del voto en las asambleas anuales de accionistas”.

En este sentido, coincide con el diagnóstico de EuroFinUse de que “el dramático decrecimiento de su peso en los mercados financieros durante las últimas décadas coincide con la presencia cada vez más dominante de los intermediarios financieros. Entre estos se encuentran inversores “agentes” y creadores de productos estructurados, quienes mayoritariamente no son inversores en la economía real sino que tienen horizontes mucho más cortoplacistas y no asumen los riesgos asociados. AEMEC también cree que “esta evolución ha sido uno de los principales causantes de los problemas de gestión en las empresas cotizadas y la menor presencia del capital a largo plazo que contribuye a la economía real y a la creación de empleo”.

Una de las principales amenazas para los derechos de los accionistas es la dificultad de ejercitar sus derechos de voto en otro país de la UE distinto del de su residencia. Una de las demandas principales de EuroFinUse/AEMEC es hacer el voto de acciones en otros países mucho más fácil y sin coste alguno para los inversores individuales en la UE. Pretendemos abordar esta cuestión a través de nuestro proyecto “EuroVote”, a la vez que continuamos demandando a las instituciones de la UE que se ocupen de esta problemática.

Anexo. DECLARACIÓN DE BRUSELAS DE EUROFINUSE (marzo de 2013)

1) Mejor protección de los usuarios de servicios financieros a través de:

  • Información justa, clara y comparable para todos los productos de inversión, y sobre todo para los productos de ahorro para la jubilación;
  • Asesoramiento financiero imparcial y competente;
  • Normativa de protección al consumidor y enjuiciamiento consistente para todo tipo de producto o servicio financiero, y a través de cualesquiera canales de distribución;
  • Un único sistema de resolución colectiva de conflictos para permitir la compensación de inversores a través de un procedimiento privado;
  • La eliminación de la discriminación fiscal contra ahorradores e inversores individuales;
  • La reducción de las diferencias en acceso a servicios financieros y en protección de derechos de los usuarios como la mejor manera de contribuir al proceso de integración europea.

2) Más transparencia, liquidez, integridad y eficiencia de los mercados financieros

La crisis ha puesto en relieve los fallos de los mercados de capital. La “reintermediación” de los mercados financieros por los bancos debe reducirse. Los mercados de capital deben servir principalmente los intereses de la economía real (inversores y emisores) y preferentemente a los intereses de las instituciones financieras. La reciente fragmentación de los mercados de capitales[1]

En particular, la información pre y post-negociación debe ser sustancialmente mejorado garantizando un acceso fácil y gratuito a la “cinta consolidada” a los inversores individuales; además, la negociación de alta frecuencia debería estar sujeta a determinados límites.

Creemos en un marco legislativo para los mercados financieros claro y suficiente; y que promover comportamientos éticos en la industria financiera contribuyen en última instancia a la consecución de estos objetivos.

3) Mejora del gobierno corporativo y compromiso a largo plazo del accionariado

Los accionistas e inversores individuales tienen, conjuntamente, horizontes de inversión a largo plazo; ya que principalmente lo hacen para su jubilación, adquisición de vivienda y educación de los hijos. Esta tendencia hacia la discriminación y la marginación de los inversores individuales debe revertirse y su compromiso a largo plazo debe tener una mejor recompensa.

4) Préstamo más responsable y competitivo

La crisis ha demostrado que los bancos deberían volver a su negocio primario de recibir depósitos y proveer de financiación a la economía real, con una competencia real, y sin utilizar el dinero de los banco central, de los depositantes y de los ciudadanos para financiar actividades de inversión y negociación con altos márgenes de beneficio pero también altos riesgos.

EuroFinUse, por tanto, está a favor de una efectiva separación de la banca comercial de otro tipo de actividades.

5) Mejor gobernanza y efectividad de la supervisión financiera

Las autoridades europeas deberían terminar con los desequilibrios en la representación e influencia de los intereses de a industria financiera (proveedores) de un lado, y Usuarios de servicios financieros en el otro lado[2]

 

 

 

[1][1]

[1] Especialmente a través de la creación de múltiples plataformas de negociación tras la aplicación de la normativa MiFID

Las grietas de la democracia capitalista

La junta de accionistas es el máximo evento anual para el gobierno de una compañía. Ahí es donde el consejo de administración somete los resultados obtenidos al examen de los verdaderos dueños de la empresa. Usando parámetros políticos, esta cita equivaldría desde la óptica capitalista a la celebración de elecciones generales. Ya saben, eso tan manido de la "fiesta de la democracia". Sin embargo, la teoría a veces dista de la práctica. Todavía existen numerosos "obstáculos" a la "participación de los accionistas" en las juntas, tal y como denuncia en un extenso estudio la Federación Europea de Usuarios de Servicios Financieros (EuroFinuse).


Una de esas trabas es la dificultad para ejercer la votación transfronteriza. No se trata de algo baladí. La propiedad de los grupos cotizados se ha expandido, rebasando las fronteras nacionales. En España, por ejemplo, los inversores extranjeros son los principales propietarios de las compañías con casi el 40% del valor total de las empresas en su poder. La mayor implicación de los accionistas, en particular los inversores institucionales, en el gobierno de las sociedades cotizadas a través de su participación en las juntas es uno de los aspectos sobre el que están incidiendo organismos como la OCDE y la Comisión Europea desde el inicio de la crisis financiera.


"A pesar de la adopción en 2007 de la directiva europea sobre derechos de los accionistas todavía quedan muchos obstáculos y barreras para la votación transfronteriza de los inversores. Costes, aspectos logísticos o diferentes requisitos y normas nacionales hacen especialmente difícil para los accionistas particulares ejercer sus responsabilidades como propietarios", argumentan en EuroFinuse. Esta organización, cuyo miembro fundador es Euroshareholders -donde está incluida Aemec, la asociación española de accionistas minoritarios- encuentra las siguientes barreras a la votación transfronteriza.


- Laboriosa distribución de documentación. La recepción de información y documentos necesarios con la suficiente antelación para poder decidir el sentido del voto en la junta es todavía un proceso "lento y laborioso".


- Una cadena compleja en la custodia de acciones. La distribución de información a través de una complicada cadena de custodia (secuencia de bancos que se interponen entre la empresa y el propietario) es una de las mayores trabas para el voto transfronterizo. "Es necesario que la UE obligue a las entidades depositarias que poseen acciones en cuentas nominativas a pasar información a los accionistas sobre la fecha de la junta y la agenda". El tiempo que transcurre entre la convocatoria de la junta y la recepción de la información para participar suele ser demasiado limitado para los accionistas no residentes.


- Tarifas. Las entidades que custodian las acciones suelen pedir comisiones a aquellos accionistas extranjeros que piden la acreditación para poder participar en la junta. Estas tarifas se cargan independientemente del número de acciones que se posean, lo que perjudica sobre todo a los pequeños accionistas. Con los propietarios locales, las compañías suelen correr con esos gastos.


- Aumento en los requisitos de documentación. A los accionistas se les pide más información para recibir la acreditación para la junta en el extranjero que en una asamblea corporativa local. "A veces, esa información se procesa mal, o se pierde en algún lugar de la cadena de intermediarios".


- Bloqueo de acciones. En algunos países como Dinamarca se exige el bloqueo de las acciones con las que se va a votar en la junta. Esto quiere decir que durante el periodo entre que se convoca la junta y esta se celebra, el propietario de los títulos no puede operar con ellos.


- Exigencia de registro temporal. En algunos mercados como el sueco y el finlandés, para poder votar en la junta, el accionista debe revelar su propiedad y pedir al depositario que asegure que las acciones se han vuelto a registrar a su nombre solo para la asamblea.


- Fechas límite y puntualidad en la información. Los accionistas extranjeros necesitan informar a su depositario con antelación sobre la intención de asistir y votar en la junta, sin poder contar con toda la información proporcionada por la empresa en la invitación donde solo se indica la fecha de registro.


- Quórum. En algunos países como España e Italia hay requisitos de quórum. El aplazamiento de una junta por un nivel insuficiente de asistencia puede dificultar que los pequeños accionistas extranjeros estén en la asamblea.


- Exhaustividad en los documentos. Para permitir que los accionistas hagan un uso equilibrado de su derecho de voto es importante que entiendan las propuestas incluidas en la agenda. Hay que describir la información del orden del día de tal modo que los accionistas no residentes se familiaricen con los usos locales y puedan entender el contexto. "Eso también se refiere a la disponibilidad de la documentación en inglés, lo cual no siempre sucede. Es España este servicio es muy raro".


- Requisitos mínimos de participación. Las empresas españolas pueden incluir en sus estatutos un límite mínimo de acciones para poder participar en la junta de accionistas. "Sin embargo, entre las compañías del Euro Stoxx 50 observamos solo ese requerimiento en el caso de un emisor español [BBVA]".


- Idioma. Otro obstáculo para los accionistas particulares es que raramente en las grandes empresas europeas las juntas se traducen al inglés.


- Derecho para formular preguntas. En todos los países europeos, los accionistas tienen derecho a formular preguntas en las juntas generales. Sin embargo, la implementación de este derecho difiere significativamente entre los Estados. En Alemania, por ejemplo, los accionistas tienen derecho a formular tantas preguntas como deseen y sin restricciones, mientras que en Francia es una práctica común que no puedan hacer más de dos o tres preguntas. "En España las preguntas normalmente solo se aceptan si se presentan de antemano por escrito al emisor o notario en la junta". -

Fuente: David Fernández.   El País.

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